El copyright es un modelo de registro de la propiedad intelectual en el
que el autor o propietario de los derechos de una obra retiene todos sus
derechos de tal forma que la copia, modificación o difusión de la obra deben
ser previamente autorizadas. En este modelo, el registro de las obras se
realiza usualmente a través de su inclusión. No obstante, los derechos de
propiedad intelectual son adquiridos en el mismo momento en el que se crea la
obra. (Universidad Europea, 2019)
En nuestro país la Constitución Política de la República de
Costa Rica ofrece protección a la propiedad intelectual y promueve el progreso
de las ciencias y de las artes, asegurando así a los autores (naturales y
jurídicos) o inventores el derecho de gozar temporalmente de la exclusividad de
sus obras e invenciones. En el artículo 47 expresa: “Todo autor, inventor,
productor o comerciante gozará temporalmente de la propiedad exclusiva de su
obra, invención, marca o nombre comercial, con arreglo a la ley”. Y amplía los
alcances de esa protección, dándole a la Asamblea Legislativa la potestad de:
“Promover el progreso de las ciencias y de las artes y asegurar por tiempo
limitado, a los autores o inventores, la propiedad de sus respectivas obras e
invenciones”. (Art. 121, inciso 18). (Miranda,
2008, p. 3)
Referencias Bibliográficas
Miranda, S. (2008). La protección de
los derechos de autor en las intituciones públicas: el caso del Tribunal
Supremo de Elecciones. Recuperado de www.revistas.una.ac.cr/index.php/bibliotecas/article/download/3746/3595/
Shibata, F. (2016, junio 30). Los Derechos de Autor ¿Qué son los derechos
de autor? [Archivo de video]. Recuperado
de https://www.youtube.com/watch?v=x4wNeX9wf18
Universidad Europea. (2019). Copyright
/ Copyleft. Recuperado de
http://uecrai.universidadeuropea.es/ayuda/index.php/el-proceso-de-publicacion/propiedad-intelectual-y-derechos-de-autor/licencias-creative-commons
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