sábado, 20 de abril de 2019

LICENCIA COPY LEFT


El término Copyleft nace en los años 70 del siglo pasado en el Instituto Tecnológico de Massachusetts (MIT)1 como un juego de palabras del término inglés Copyright. Fundamentándose en el sistema tradicional de derechos de autor, que establece un control de la obra por parte de su propietario, el término Copyleft designa aquellos casos en que el autor permite las libres reproducción, distribución, difusión o transformación de su obra y, por extensión, al conjunto de licencias de propiedad intelectual que hacen esto posible. El Boletín mencionado de la Unión Europea define el término Copyleft de la siguiente manera: "Copyleft es el término que se utiliza en el ámbito informático (y se aplica de manera análoga a la creación literaria y artística) para designar el tipo de protección jurídica que confieren determinadas licencias que garantizan el derecho de cualquier usuario a utilizar, modificar y redistribuir un programa o sus derivados, siempre que se mantengan estas mismas condiciones de utilización y difusión." (Cueva, 2007, p. 114)

¿Cómo hacer que un documento sea copyleft?

Al contrario de lo que parece, usar licencias copyleft es algo realmente sencillo. Basta con añadir el siguiente texto al documento que queramos licenciar bajo copyleft: Copyright (c) año nombre_autor. Nota_licencia
Donde el "año" es el año de publicación del documento, "nombre_autor" es el nombre del autor del documento y "nota_licencia" es la nota con la que expresamos los términos de la licencia copyleft (conviene a continuación añadir un enlace a la licencia completa, jurídicamente válida ---si la hay).



Algunos tipos de licencia copyleft

Existen muchas formas diferentes de especificar una licencia copyleft, con diversos grados de libertad y formas diferentes de expresarlos. Sin embargo, las licencias desarrolladas por algunos colectivos y organizaciones que impulsan y defienden la comunidad copyleft y el software libre se han convertido en estándares muy extendidos gracias a su reconocimiento y buen diseño jurídico. A continuación, presentamos y describimos brevemente algunas de estas licencias:



Creative Commons Encabezado por el defensor del copyleft y jurista norteamericano Lawrence Lessig Creative Commons es una asociación dedicada a la difusión y asistencia jurídica de la libre difusión del conocimiento y la producción intelectual colectiva. Creative Commos ha desarrollado una serie de licencias que permiten al autor elegir el tipo de derechos que se reserva y el modo de hacerlo. Mediante un mecanismo muy sencillo se pueden elegir las 4 características fundamentales de la licencia y automáticamente se genera una licencia jurídicamente diseñada para satisfacer esas características.

La página web de Creative Commons ofrece una explicación muy pedagógica de sus licencias y de los derechos de creación colectiva y colaboración en la producción intelectual. En breve se irán traduciendo las licencias y adaptando a los contextos jurídicos locales. Las licencias que ofrece ahora Creative Commons son independientes de ninguna legislación particular, aunque lo suficientemente detalladas como para ser aplicables en el ámbito legislativo de cualquier país.




GPL (General Public License) y GFDL (GNU Free Documentation License)
El proyecto GNU (GNU is Not Unix) y la FSF (Free Software Foundation) son los estandartes de la promoción y defensa del software libre y especialmente de las licencias GPL (General Public License --- utilizada para software) y la GFDL (GNU Free Documentation License ---desarrollada para la documentación de software libre). Las dos licencias permiten la libre distribución y copia de la obra (software o documentación) con o sin ánimo de lucro y permiten también obras derivadas siempre y cuando se mantenga la misma licencia. Estas licencias son las más extendidas en el ámbito del software libre, pero la licencia de documentación (la GFDL) no siempre es la más adecuada para otro tipo de documentos (de tipo artístico, opinión, etc.). La página de licencias de la FSF/GNU ofrece un montón de información detallada sobre las licencias. GUGS (el grupo de usuarios de gnu de sindominio) ofrece varias traducciones (no oficiales --- la FSF no se responsabiliza legalmente de las versiones traducidas) de la GPL y de la GFDL




Art-libre
La licencia art-libre está pensada para la producción de naturaleza artística. Es ligeramente diferente a las anteriores pero completamente copyleft. Surgió en el ámbito francés (del proyecto "copyleft attitude") y ofrecen una versión de la licencia traducida al castellano.




Referencias bibliograficas


Barandiaran, X. (2003). Cómo y por qué usar licencias Copyleft. Recuperado de https://www.researchgate.net/publication/228686634_Como_y_por_que_usar_licencias_Copyleft
Cueva, J. (2007). Introducción al Copyleft. Una perspectiva de su recepción en España. Recuperado do de http://dx.doi.org/10.25267/Periferica.2007.i8.08

Mora, F. (2012). Licencias creative commons: algunas consideraciones. Recuperado de https://campuspiloto.uned.ac.cr/pluginfile.php/468657/mod_resource/content/1/Licencias%20Creative%20Commons%20Algunas%20consideraciones.pdf


Sampaio, C. (2012). Derechos de autor, copyleft y motivaciones de los autores literarios. Recuperado de https://campuspiloto.uned.ac.cr/pluginfile.php/468653/mod_resource/content/1/DerechosDeAutorCopyleftYMotivacionesDeLosAutores.pdf




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