El término Copyleft nace en los años 70 del siglo pasado en
el Instituto Tecnológico de Massachusetts (MIT)1 como un juego de palabras del
término inglés Copyright. Fundamentándose en el sistema tradicional de derechos
de autor, que establece un control de la obra por parte de su propietario, el
término Copyleft designa aquellos casos en que el autor permite las libres
reproducción, distribución, difusión o transformación de su obra y, por
extensión, al conjunto de licencias de propiedad intelectual que hacen esto
posible. El Boletín mencionado de la
Unión Europea define el término Copyleft de la siguiente manera: "Copyleft
es el término que se utiliza en el ámbito informático (y se aplica de manera
análoga a la creación literaria y artística) para designar el tipo de protección
jurídica que confieren determinadas licencias que garantizan el derecho de
cualquier usuario a utilizar, modificar y redistribuir un programa o sus
derivados, siempre que se mantengan estas mismas condiciones de utilización y
difusión." (Cueva, 2007, p. 114)
¿Cómo
hacer que un documento sea copyleft?
Al
contrario de lo que parece, usar licencias copyleft es algo realmente sencillo.
Basta con añadir el siguiente texto al documento que queramos licenciar bajo
copyleft: Copyright (c) año nombre_autor. Nota_licencia
Donde
el "año" es el año de publicación del documento,
"nombre_autor" es el nombre del autor del documento y
"nota_licencia" es la nota con la que expresamos los términos de la
licencia copyleft (conviene a continuación añadir un enlace a la licencia
completa, jurídicamente válida ---si la hay).
Algunos tipos de licencia
copyleft
Existen
muchas formas diferentes de especificar una licencia copyleft, con diversos
grados de libertad y formas diferentes de expresarlos.
Sin embargo, las licencias desarrolladas por algunos colectivos y organizaciones que impulsan y defienden la comunidad
copyleft y el software libre se han convertido en estándares muy extendidos gracias a su reconocimiento y
buen diseño jurídico. A continuación, presentamos y describimos brevemente algunas de estas licencias:
Creative Commons Encabezado
por el defensor del copyleft y jurista norteamericano Lawrence Lessig Creative
Commons es una asociación dedicada a la difusión y asistencia jurídica de la
libre difusión del conocimiento y la producción intelectual colectiva. Creative
Commos ha desarrollado una serie de licencias que permiten al autor elegir el
tipo de derechos que se reserva y el modo de hacerlo. Mediante un mecanismo muy
sencillo se pueden elegir las 4 características fundamentales de la licencia y
automáticamente se genera una licencia jurídicamente diseñada para satisfacer
esas características.
La
página web de Creative Commons ofrece una explicación muy pedagógica de sus
licencias y de los derechos de creación colectiva y colaboración en la
producción intelectual. En breve se irán traduciendo las licencias y adaptando
a los contextos jurídicos locales. Las licencias que ofrece ahora Creative
Commons son independientes de ninguna legislación particular, aunque lo
suficientemente detalladas como para ser aplicables en el ámbito legislativo de
cualquier país.
GPL (General Public License) y
GFDL (GNU Free Documentation License)
El
proyecto GNU (GNU is Not Unix) y la FSF (Free Software Foundation) son los
estandartes de la promoción y defensa del software libre y especialmente de las
licencias GPL (General Public License --- utilizada para software) y la GFDL
(GNU Free Documentation License ---desarrollada para la documentación de
software libre). Las dos licencias permiten la libre distribución y copia de la
obra (software o documentación) con o sin ánimo de lucro y permiten también
obras derivadas siempre y cuando se mantenga la misma licencia. Estas licencias
son las más extendidas en el ámbito del software libre, pero la licencia de documentación
(la GFDL) no siempre es la más adecuada para otro tipo de documentos (de tipo
artístico, opinión, etc.). La página de licencias de la FSF/GNU ofrece un
montón de información detallada sobre las licencias. GUGS (el grupo de usuarios
de gnu de sindominio) ofrece varias traducciones (no oficiales --- la FSF no se
responsabiliza legalmente de las versiones traducidas) de la GPL y de la GFDL
Art-libre
La
licencia art-libre está pensada para la producción de naturaleza artística. Es
ligeramente diferente a las anteriores pero completamente copyleft. Surgió en
el ámbito francés (del proyecto "copyleft attitude") y ofrecen una
versión de la licencia traducida al castellano.
Referencias
bibliograficas
Barandiaran, X. (2003). Cómo y por qué usar
licencias Copyleft. Recuperado de
https://www.researchgate.net/publication/228686634_Como_y_por_que_usar_licencias_Copyleft
Cueva, J. (2007). Introducción al Copyleft. Una
perspectiva de su recepción en España. Recuperado do de
http://dx.doi.org/10.25267/Periferica.2007.i8.08
Mora, F. (2012). Licencias creative commons:
algunas consideraciones. Recuperado de https://campuspiloto.uned.ac.cr/pluginfile.php/468657/mod_resource/content/1/Licencias%20Creative%20Commons%20Algunas%20consideraciones.pdf
Sampaio, C. (2012). Derechos de autor, copyleft
y motivaciones de los autores literarios. Recuperado de
https://campuspiloto.uned.ac.cr/pluginfile.php/468653/mod_resource/content/1/DerechosDeAutorCopyleftYMotivacionesDeLosAutores.pdf






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